ACUERDA HOMOLOGAR en sus propios términos dicho convenio. En consecuencia: el padre NAIME MENDEZ WALID JOSE, cancelará como obligación de manutención la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES (Bs. 300,00) MENSUALES, los cuales serán depositados en una cuenta bancaria que se abrirá a nombre del niño todos los 15 días de cada mes. Ambos padres se comprometen a cumplir con los gastos médicos, exámenes de laboratorio que necesite su hijo y sus medicinas en 50% cada uno, en cuanto a los gastos de diciembre ambos padres aportaremos el 50% de los gastos de ropa y regalos de su hijo, en referencia a los útiles escolares, ambos padres cubriremos en un 50% cada uno, además los gastos extras que se ocasiones durante el año escolar. EN CUANTO AL REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, el padre NAIME MENDEZ WALID JOSE, ya identificado, compartirá con su hijo de lunes a viernes, buscándolo a las 6:00 p.m. en la escuela de karate y lo llevara a casa de la madre a las 8:00 p.m., en caso de no poder buscar.....