Mediante Resolucion Nº: PJ0252025000137, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, DECLARA INADMISIBLE, la presente solicitud de, DIVORCIO POR DESAFECTO, presentado por el ciudadano ALEXIS JOSE RAMONES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula Nº V-4.106.849, debidamente asistido por la ciudadana: ALOA JOHANNA MORALES RULL, Abogado en libre ejercicio e Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 129.733 y de este domicilio