PARTE DISPOSITIVA:
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
DECLARA CON LUGAR EL DECAIMIENTO DE LA MEDIDA CAUTELAR DE PRESENTACIONES de PABLO ADÁN PIRONA E IMPONE MEDIDA CAUTELAR consistente en la obligación de presentarse ante el tribunal cada vez que sea requerido para celebrar audiencia mediante notificación, para lo cual deberá mantener actualizada su dirección ante este tribunal, de conformidad con lo establecido en los el artículos 244 y 256 ordinal 9 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes de la decisión. Cúmplase.-
Se emana un duplicado de la presente a los fines de que repose en el copiador de Decisiones Interlocutorias del Tribunal. Diarícese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho de este Tribunal en San Felipe, a los.....