Vista la diligencia cursante al folio Sesenta y Dos (62) del presente asunto, suscrita por los Abogados en ejercicio: JESUS HUMBERTO DELGADO y ERWING TORREALBA, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 82.944 y N° 23.670, respectivamente, cada uno actuando con su carácter acreditado en autos, mediante la cual solicitaron de mutuo acuerdo ante éste Tribunal se difiera la Audiencia Preliminar fijada para el día de hoy a las 12:00 M. En consecuencia, éste Juzgado, considera que en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda lo solicitado por las partes y a tal efecto acuerda DIFERIR la celebración de la Audiencia Preliminar diferida, para el día LUNES TRES (03) DE AGOSTO DE 2009, A LAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 AM). No se notifica a las partes por cuanto las mismas se encuentran a derecho de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.