En mérito de lo antes expuesto, es por lo que esta Jueza Tercera de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR, la presente solicitud de Autorización de viaje al Exterior, en consecuencia se OTORGA AUTORIZACIÓN DE VIAJE, para que la (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA)titular de la cedula de identidad Nº 32.546.903, Pasaporte Venezolano Nº 186546712 viaje en compañía de su TIA MATERNA la ciudadana MARIA ISABEL MARTINS DE CALDEIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 9.825.594 , y portadora de la prórroga de pasaporte venezolano Nº 136774446 con destino a la ciudad de la REPUBLICA DE PORTUGAL Con el siguiente itinerario: salida vía aérea el día 25-07-2024 desde el aeropuerto internacion.....