En mérito de lo anteriormente expuesto este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora, ciudadano José Ricardo Velásquez.
Queda así REVOCADA la decisión recurrida, dictada en fecha 05-04-2011, por el a quo. En consecuencia, se ordena al Tribunal de la causa dictar auto ratificando sus oficios, indicándole a la entidad Bancario Banco de Venezuela, C.A., agencia ubicada en el Paseo Orinoco de esta ciudad, en especial al gerente de la misma, el término de cumplimiento que no debe exceder de diez (10) días, para dar cumplimiento a la prueba de informe solicitada, con la advertencia de que en caso de incumplimiento se aplicara la sanción correspondiente al delito de Desacato a la orden de una autori.....