"...este Tribunal Segundo de municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, acuerda la HOMOLOGACION del DESISTIMIENTO hecho por el ciudadano Bartolomé Gil Osuna apoderado judicial del ciudadano Rodríguez Simón Alberto, parte actora, dando por consumado el acto y procediendo como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo previsto en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil; por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles. Así se decide..."