Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil así como las disposiciones del código civil vigente, DECLARA "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" de la fallecida ciudadana HIMILCE BELETT DE BONILLA, quien era venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.562.736, falleció el día 06/09/2019, en su casa ubicada en Unare II, Vereda 56, casa 05 de Puerto Ordaz, Municipio Caroní, del Estado Bolívar a consecuencia de NEUMONIA HIPOSTATICA POSTRACION FRACTURA DE CADERA ENFERMEDAD ALZHAIMER según acta de defunción Nro. 1768; a las .....