PRIMERO. CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto por la parte actora en el asunto identificado en el epígrafe contra la decisión de 18 de septiembre del corriente 2008 proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de estas Circunscripción Judicial y sede laboral, por la cual se negó a oír el recurso de apelación interpuesto contra la decisión que profirió el 12 de agosto de este mismo año.
SEGUNDO. SE ANULA el auto por el cual se negó la apelación.
TERCERO. SE ORDENA al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de estas Circunscripción Judicial y sede laboral OÍR EN UN SOLO EFECTO la apelación que negó por el auto anulado.
CUARTO. REMÍTASE con oficio copia certificada de esta decisión al Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de estas Circunscripción Judicial y sede laboral.