Visto el DESISTIMIENTO del presente procedimiento, en la presente solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, contenido en la diligencia de fecha Veintidós (22) de Octubre de 2015, suscrita por la ciudadana LUISA MARÍA BELLO URDANETA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-2.908.362, actuando en este acto como concubina del difunto PACIFICO ANTONIO DUERTO, debidamente asistida por la abogada en ejercicio NELLYS QUIROZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 155.402, y por cuanto se evidencia que la solicitante tiene facultad expresa para desistir en la presente solicitud, y siendo que el referido desistimiento no es contrario a derecho, es por lo que este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, declara TERMINADO y se ordena el archivo de la presente solicitud. Remítase la misma al Archivo Judicial de este Circuito y Circunscripció.....