PRIMERO. SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada contra la sentencia proferida por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, también con sede en esta ciudad, el 30 de junio del corriente 2008, mediante la cual declaró parcialmente con lugar la pretensión de la parte actora en este asunto.
SEGUNDO. SE CONFIRMA la sentencia en cuestión.
TERCERO. SE DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA PRETENSIÓN planteada con la demanda cabeza de las actuaciones de este asunto y SE CONDENA a la parte demandada, FUNDACIÓN DEL NIÑO (SECCIONAL BOLÍVAR), a cancelar a la actora, KATIUSKA JOSEFINA BOLÍVAR GARCÍA, la cantidad de DIEZ MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO BOLÍVARES FUERTES CON 73/100 (BS. 10.685,73) que le adeuda por los siguientes conceptos: