Se dictó sentencia revocándose el auto de fecha 09 de noviembre de 2015 mediante el cual se ordenó la continuación de la ejecución forzosa del mandamiento de amparo acordado por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativa de la sentencia dictada en fecha 31 de octubre de 2011 e igualmente se dejó sin efecto el Despacho de Ejecución al Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroni del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar para realizar dicha ejecución. Asimismo, se fijó audiencia para esclarecer y pronunciarse sobre el presunto desacato, la cual tendrá lugar el tercer (3er) día de despacho siguiente a las Diez (10:00 a.m.) de la mañana, a la constancia en autos de la última notificación que de las partes se haga, así como de la Fiscalia del Ministerio Público.