Así mismo, es indispensable que la parte actora aclare de manera precisa el salario diario normal, si es en base a Un Dólar Norte Americano (1$) o es de 2,8 Bolívares, a los fines de que coadyuve a la hora del Juez utilizar los medios alternativos de resolución de conflictos pueda tener claro cuáles son los montos que se demandan, realizar los cálculos respectivos, de acuerdo a los salarios señalados y que puedan debatirse en la audiencia, de tal manera que:
UNICO: De conformidad con el artículo 123, ordinal 3º y 4º de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena a la parte demandada proceder a subsanar el libelo de demanda con respecto a lo arriba indicado, esto es, el salario diario y las empresas que demanda, para lo cual se le otorga tal como lo establece el artículo 124 Eiusdem, DOS DIAS HABILES SIGUIENTES a su notificación, que a tal fin se le practique, para que subsane lo ut supra indicado en el presente auto, ello con apercibimiento e perención o inadmisibilidad en caso.....