DISPOSITIVA:
Sobre la base de las consideraciones antes expuestas este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de esta Circunscripción Judicial, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, y de conformidad con los artículos 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los artículos 12, 15, 242, 346, 243 y 506 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: Con Lugar la demanda por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento por Vencimiento de la Prorroga Legalmente establecida; incoada por los Ciudadanos ALBERTO JESUS DOMINGUEZ Y MARICELA FARIAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V- 4.364.146 y V- 8.941.854, respectivamente y de este domicilio, debidamente representados por Ciudadana MAIRLEN LOPEZ INOJOSA, venezolana, Abogada en ejercicio, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 11.809; contra la.....