En consecuencia, cumplidos como han sido los plazos previstos en el cuarto aparte del artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud presentada y, en consecuencia, disuelto por divorcio el matrimonio que habían contraído los ciudadanos: LAURA MIREYA GUEVARA y PASCUAL RAFAEL COVA SILVA, por ante la Jefatura de Registro Civil de Santa Cruz de Orinoco, Municipio José Gregorio Monagas del Estado Anzoategui, quienes fueron debidamente identificados en el encabezamiento de esta decisión.-