En este contexto, revisada la solicitud de la defensa, considera quien decide que la misma no está fundada en cuanto a que, no establece las razones que motivan la solicitud de la ampliación de la medida, únicamente consigna constancia de buena conducta, residencia y de trabajo; no obstante considerando como lo ha señalado la Jurisprudencia supra mencionada, los tres elementos que deben ser analizados por Juez para decretar una medida cautelar, a saber, la gravedad del delito que se le imputa; las circunstancias de su comisión, y la sanción probable, esta instancia considera que debe mantenerse la medida cautelar en los términos en que fue decretada, por cuanto no han variado las condiciones que motivaron al Juez para que fuese decretada y así se decide. Por lo que con base a las consideraciones que anteceden, se niega la solicitud de la defensa, en cuanto a que le sea ampliado el régimen de presentación al imputado de autos y así se decide. Regístrese, Publíquese y Notifíquese a l.....