III
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se HOMOLOGA EL PRESENTE DESISTIMIENTO de Recurso de Nulidad interpuesto por el ciudadano TEODORO RODRIGUEZ MORALES, abogado en el ejercicio e inscrito en el I.P.S.A, bajo el Nro. 93.382, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil COMERCIAL Y TECNICA DE ALUMINIO C.A.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el compilador respectivo.-
Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, a los diez (10) días del mes de Junio del año dos mil Quince (2015).
EL JUEZ SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO,
ABG. HECT.....