DECLARA: PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer de la presente causa por ser Indemnización por Incumplimiento de Contrato Honorarios Profesionales. SEGUNDO: DECLINA la competencia para conocer en el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas que corresponda por distribución, a quién se ordena la remisión del expediente en la oportunidad legal correspondiente.