Se publicó sentencia integra del dispositivo mediante la cual se declaró: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación intentada por la parte recurrente, por las consideraciones antes expresadas. SEGUNDO: Se revoca la decisión dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, de fecha 05-04-2005 y se ordena la devolución de la suma de Bs. 35.106.104,81, que según conversión monetaria son (Bs. 35.106,10) al consignante la empresa TERMINALES MARACAIBO SERVICIOS MARITIMOS, C.A.