Dicho esto, y encontrándonos en la oportunidad correspondiente para pronunciarnos sobre la admisión del mismo, se deja expresa constancia que: La sentencia fue dictada el día 18/09/2023, ordenándose la notificación de las partes, constando en autos que la última notificación de las partes se produjo el día 25/09/2023, iniciándose así, el lapso de diez (10) días de despacho para ejercer el recurso de casación, vale indicar el 26/09/2023, venciéndose dicho lapso el día 09/10/2023, y el recurso de casación fue interpuesto en fecha 27/09/2023, es decir dentro del lapso de Ley. En consecuencia a lo antes expuesto, este tribunal superior ADMITE el referido recurso, por cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 312 del Código de Procedimiento Civil. Por lo que se advierte expresamente en atención a lo establecido en el artículo 315 eiusdem, que el día 09/10/2023, de acuerdo al Libro Diario llevado por este Tribunal, vencieron los diez (10) días hábiles que .....