´CONCLUIDA LA FASE DE MEDIACION, de la audiencia preliminar, de conformidad con lo establecido en el artículo 472, tercer aparte de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. éste Tribunal, vista las consideraciones explanadas en el referido escrito, y actuando bajo los parámetros de ley, y en razón de una Sana Administración de Justicia, acuerda lo solicitado por la parte Accionada, en consecuencia, ordena SUSPENDER LAS MEDIDAS EJECUTIVAS DE EMBARGO, decretadas en su oportunidad a solicitud de la parte actora. Y así se declara. Líbrese Oficio a la Empresa Ferrominera de Orinoco C.A. Es todo, termino, se leyó y conformes firman. - Siendo las Once y Dieciocho (11:18am). La presente se levanta de conformidad con lo previsto en el artículo 470 de la LOPNNA.
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