La representación judicial de la parte actora en el escrito antes mencionado, promovió pruebas documentales, específicamente en sus CAPITULO I, CAPITULO II y CAPITULO III, en razón a ello este Tribunal observa que los presentes medios probatorios (documentales) no son ilegales ni manifiestamente impertinentemente, es por lo que de conformidad con lo establecido en los artículos 429, 506 y 507 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, de ello se ADMITE estas pruebas en los términos antes expuestos, salvo su apreciación que en la presente incidencia recaiga, así se decide.
La representación judicial de la parte demandada en el escrito antes mencionado, en su capítulo tercero denominado "PRUEBAS QUE SE PROMUEVEN", marcado con letra "A", promovió pruebas documentales, en razón a ello este Tribunal observa que los presentes medios probatorios (documentales) no son ilegales ni manifiestamente impertinentemente, es por lo que de conformidad con lo establecido en los artículos 4.....