Ahora bien, siendo la oportunidad para que este tribunal se pronuncie sobre lo peticionado por el co-apoderado judicial de la parte actora el 08-01-2008, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Código de Procedimiento Civil, le causa extrañeza a quien suscribe, la diligencia de fecha 08-01-2008 presentada por el ciudadano LEONEL JOSE JIMENEZ ISEA, solicitado nuevamente se inste al alguacil de este juzgado a fin de que practique la citación de la parte demandada, en razón de ello se le hace un llamado de atención al mencionado profesional del derecho, ya que lo peticionado ha sido acordado en la fecha ut-supra indicada, para que en el futuro no incurra en situaciones iguales como la de autos, vale indicar, solicitudes infundadas, evitando así que el Tribunal distraiga inútilmente su tiempo examinando asuntos o materias sobre las cuales ya se ha pronunciado.-