éste TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, EXTENSION TERRITORIAL PUERTO ORDAZ en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Homologa el acuerdo alcanzado por las partes (CANTERA TOCOMA, C.A, y el ciudadano JUNIOR JOSE ALCALA, venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-15.853.870, contenidos en el documento transaccional por la suma de DIEZ MIL BOLIVARES CON 00/00 CENTIMOS (Bs. 10.000,00), en todas y cada una de sus partes dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, dándose por concluido el proceso para este trabajador. Agréguese a los autos la Transacción. Publíquese, regístrese y déjese copia de esta decisión en el compilador respectivo.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Tercero de Juicio Del Trabajo De La Circunscripción Judicial Del Estado Bolívar. En Puerto Ordaz, a los Once (11) días del mes de Diciembre de Dos Mil Trece.- años: 202º de .....