Califica la detención en flagrancia de los Imputados HECTOR JOSE PEREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 7.504.871 y JOSE FRANCISCO RODRIGUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 12.083.220. Y que se desprende del acta policial acompañada por el Ministerio Público, que la detención de ambos ciudadanos se produce durante el cumplimiento de una orden de allanamiento expedida por un Tribunal de Control Penal de este Mismo Circuito Penal, en donde se encontró una cantidad de restos vegetales (41 gramos) de restos vegetales del tipo Canivus denominada comúnmente Marihuana dividido en tres (3) envoltorios, en una casa de habitación donde reside el ciudadano HECTOR JOSE PEREZ, por lo que se aprecian llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.