Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: Con lugar el recurso de apelación ejercido por la abogada María de Lourdes Muñoz co-apoderada judicial del ciudadano Salvador Carrillo Croce, parte codemandada.
Segundo: se Repone la causa al estado de citación de los co-demandados ciudadanos Salvador Carrillo y Victoria Eugenia Carrillo, en consecuencia se anulan todas las actuaciones relativas a la sustanciación de la medida cautelar.
Tercero: Queda Revocada la decisión dictada el 24/01/2018 por el tribunal a quo.
Cuarto: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
Quinto: Se ordena notificar a la parte recurrente y la parte actora de la presente decisión conforme a la Resolución Nº 05-2020 de la Sala de Casación Civil del Tribunal S.....