Por todos los motivos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA VEINTENAL, incoada por la ciudadana CARMEN ELENA ROBERTO, contra el ciudadano MANUEL EDUARDO MADURO VALLES, identificados en el Capitulo I de este fallo,
Todo de conformidad con los artículos 12, 242, 243, 254, 690, 691 del Código de Procedimiento Civil.