Así las cosas, habiendo la parte actora en tiempo hábil, haber demostrado de que no es imprescindible la expresión en el libelo de los linderos del inmueble, bastando solo el señalamiento del inmueble precisando su ubicación, como esta señalado que se trata de un local comercial, identificado con el Nº P1-33, que forma parte del centro comercial Aboud Center, que se encuentra ubicado entre las calles Paseo Orinoco y Venezuela, Municipio Heres Ciudad Bolívar Estado Bolívar, y que tiene un área aproximada de Treinta y siete metros cuadrados con Ochenta y Tres centímetros Cuadrado (37,83 mts2), y haciendo suyo este Juzgado el criterio jurisdiccional arriba señalado referidas al ordinal 6° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal DECLARA SIN LUGAR, dicha cuestión previa opuesta