En consecuencia, corríjase la referida Acta de Matrimonio donde se identificó primero el nombre de su progenitor como "WILLIAM GOMEZ" lo cual es incorrecto, siendo lo correcto "LUIS GOMEZ", segundo, el apellido de la madre de la contrayente como "BELEN GOUVEIA RODRIGUEZ", lo cual es incorrecto, por cuanto lo correcto es "BELEN UVENCIA RODRIGUEZ", y tercero, se aprecia un error en el apellido del padre de la contrayente, ya que fue identificado como "MANUEL MARQUEZ GOUVEIA", lo cual es totalmente incorrecto, siendo lo correcto "MANUEL GOUVEIA MARQUEZ",
Expídanse copias certificadas de la presente decisión, con oficios y remítanse al Registro Civil del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy y al Registro Principal de este mismo Estado, a los fines de que se sirvan corregir el Acta de Matrimonio N° 28, folios 81-82, año 1983, llevada por esos despachos, todo de conformidad con lo previstos en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil y 502 del Código Civil.
PUBLÍQUESE, REGÍS.....