Este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, intentara el ciudadano RICHARD TORRES en contra de la empresa CONSTRUCTORA SURCO, C.A, ambas partes debidamente identificadas en autos, y en consecuencia se ordena el pago de la cantidad de QUINIENTOS VEINTISEIS BOLÍVARES CON SEIS CENTIMOS (Bsf. 526,06), por la deducción ilegal efectuada por la demandada. Y ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: De conformidad con el Artículo 185 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en caso de que el demandado no cumpliere voluntariamente con la sentencia, procederá la indexación o corrección monetaria sobre la cantidad condenada, la cual debe ser calculada desde el decreto de ejecución hasta su materialización, entendiéndose por esto úl.....