República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
San Felipe, Once (11) de abril de 2018
207° y 159°
ASUNTO: UP11-L-2016-000216
DE LA ADMISIÓN DE LAS PRUEBAS
Vistos los escritos de pruebas presentados por la parte demandante y demandada, este tribunal estando dentro de la oportunidad prevista en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se pronuncia de la siguiente manera:
PARTE DEMANDANTE:
En cuanto al particular PRIMERO Pruebas Documentales:
1.- Marcada (A, folios 1 al 8) planillas de pago de los años 2007 al 2010;
2.- Marcada (B folios 9 al 11) denuncia presentada por ante C.I.C.P.C. Este tribunal las ADMITE, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, por no resultar las mismas manifiestamente ilegales ni impertinentes, en los términos de los artículos 77 y 78 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
En cuanto al .....