Se procede en este acto a la entrega al apoderado del actor Abg. Juan Ramón Pino, quien tiene facultad para recibir cantidades de dinero, de la cantidad convenida de CINCUENTA MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs.50.000,00), mediante cheque Nº 11001934, cuenta corriente signada con el Nº 0102-0418-64-0000045722, girado contra el Banco de Venezuela, a nombre del trabajador ciudadano CARLOS HERRERA, no endosable, quien manifiesta recibir en nombre de su representado de forma conforme. B.- Se HOMOLOGA el presente convenimiento realizado a través de mediación positiva, otorgándole fuerza de cosa juzgada. Se procede en este estado a entregar las pruebas a las partes demandada y demandante. Se suscriben Cinco (05) actas de la presente mediación. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las diez y veinte de la mañana (10:50 a.m.).