Por las razones expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO, BANCARIO, MARÍTIMO Y AERONAUTICO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación presentado por el Abogado HENRY VERGARA en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil FASTRACK TRADERS CORP.
SEGUNDO: INADMISIBLE la demanda por Cobro de Bolívares vía Intimación interpuesta por el abogado DESMOND ANGEL ABRAHAM PONCELEON, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano ROBERTO JOSE GREGORIO ARREDONDO OLIVO, como parte actora en la presente causa.
TERCERO: Quedando así CONFIRMADA la decisión apelada, dictada por el tribunal de instancia en fecha 12 de abril de 2018.
CUARTO: SE CONDENA en costas a la parte perdidosa, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
QUINTO: Por cuan.....