´´ DISPOSITIVO.
Por las razones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y en atención al pedimento contenido en el convenimiento y de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, da por consumado el acto y procede, en consecuencia, a HOMOLOGAR EL CONVENIMIENTO, celebrado por los ciudadanos: AURELIS NATHALY BASTIDAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 27.902.037, debidamente asistida por el ciudadano JOSE GREGORIO HERNANDEZ SANGUINO, abogado en el libre ejercicio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el número 65.425, y WILFRIDO BELLO GUEVARA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-5.551.086, debidamente asistido por el ciudadano MOISES LEONARDO BUCARITO abogado en el libre ejercicio e.....