DISPOSITIVO
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios El Callao y Roscio del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, DECLARA QUE EL PODER JUDICIAL NO TIENE JURISDICCION para conocer y decidir la solicitud de CONSIGNACION DE CANON DE ARRENDAMIENTO intentada por el ciudadano: EDGAR CHACON MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-25.558.465, debidamente asistido por el Ciudadano: UBALDO CIPRIANO LEZAMA PEREZ, abogado en ejercicio e Inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 54.257 en contra del ciudadano WALTER CONSTANCIO LOPEZ VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°V-16.331.595 y, por todo lo antes expuesto Administrando Justicia en Nombre De La Republica Bolivariana De Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara LA FALTA DE JURISDICCION.-
Publíquese, regístrese, déjese copia para el archivo del Tribunal, D.....