DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA PRESENTE ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por la ciudadana YAMILE DEL VALLE BRAVO MORÁN, actuando en representación de su niña JENNIFER ANDREINA SALAZAR BRAVO y en nombre propio, contra la parte agraviante ciudadana ZULEIMA DEL CARMEN PINEDA PINEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.314.001, domiciliada en la Urbanización Luisa Cáceres de Arismendi, manzana D, avenida 1, Gabrielle Bellinazo, entre avenidas V Bolivariana y Mercedes Cordido, casa N° 14, Municipio Independencia del estado Yaracuy, y en consecuencia se ordena las siguientes disposiciones:
PRIMERO: A RESTITUIR en el inmueble como co-arrendataria, a la ciudadana YAMILE DEL VALLE BRAVO MORÁN, junto con su niña JENNIFER ANDREINA SALAZAR BRAVO hasta la declaración definitivamente firme de un órgano jurisdiccional que estime lo contrario, por acuerdo entre las partes o por cualquier otro hecho legal y justificado que lo amerite.
SEGUNDO: A RESTITUIR lo.....