asistido por el ciudadano JOAQUIN ANDRES ROMERO FLORES, abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 238.804. Acto seguido, se procede a dar inicio a la Audiencia de Prolongación, explicando la ciudadana Juez a las partes, respecto a la importancia del uso de los medios alternativos de solución de conflictos, previstos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a los fines de alcanzar resultados satisfactorios para los contendientes y de este modo, evitar un litigio procesal prolongado, con pérdidas de tiempo y gastos económicos innecesarios. Debatidos los puntos controvertidos, los apoderados judiciales de la parte actora, solicitan el derecho de palabra y expone: "Procedemos a DESISTIR en este acto del presente procedimiento." Pues bien, verificado como ha sido por este Tribunal que quienes desisten poseen facultad para ello de conformidad con Instrumento Poder que riela a los folios 197 al 200 de la Primera Pieza del .....