En tal sentido este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medias de los Municipios Piar y Padre Pedro Chien del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Homologa el Convenimiento presentado en el presente Juicio, incoado por el Ciudadano: Juan Francisco Hurtado Ramos, de nacionalidad venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.906.902, y de este domicilio representado por su Apoderado Judicial, Abogado Nelson Hernán Solano, ya identificado; por Cumplimiento de Contrato de Cesión de Derechos, contra la Ciudadana: Angela María Baretta Maurera, venezolana, mayor de edad, cedulada con el N°. V-17.289.781, de este domicilio, de conformidad con el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, en tal sentido se declara consumado el acto, pr.....