Se declaró CON LUGAR la Apelación interpuesta por el ciudadano FERNANDO JOSÉ PEREZ GAMEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. 12.186.678, debidamente asistido por el ciudadano JUAN JOSÉ CAMINO de profesión abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 115.970, en su condición de Parte Demandante Recurrente, en contra de la sentencia dictada en fecha veinte (20) de junio del dos mil trece (2013), por el Juzgado Décimo (10º) de Sustanciación, Ejecución y Mediación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz. Se REVOCA la decisión recurrida, por las razones expuestas ampliamente en el texto íntegro de la sentencia. PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR ENFERMEDAD OCUPACIONAL, incoara el ciudadano FERNANDO JOSÉ PEREZ GAMEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. 12.186.678, en contra de la empresa ABASTO PANADE.....