DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y
como consecuencia de ello se establece al ciudadano: ALEXANDER JOSÉ RIERA PARADA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.078.811, de este domicilio, la obligación de:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención mensual a favor de su hijo el niño (Identificación reservada), de seis (6) años de edad y de este domicilio, por la cantidad de UN MIL CIENTO NOVENTA BOLIVARES (Bs. 1.190,00) mensuales que deberá entregar directamente a la demandante, previo entrega de recibo por parte de ésta, o en su defecto consignarlos en efectivo, al inicio de cada semana por ante este Juzgado o en la cuenta de ahorros que al efecto se abra para tal fin.-
Segundo: Adicionalmente a la cuota de man.....