Este Tribunal dicto sentencia interlocutoria por Resolución Nº PJ08222011000038, ordenando la ejecución forzada de la sentencia recaída en el presente juicio, por cuanto la parte demandada ciudadano: José Antonio Rivas, no complió con dicha sentencia, acordándose PRIMERO: Se fijó el (20%) por ciento del salario mínimo, en forma mensual y consecutiva, cantidad esta que deberá ser descontada por el patrono, consecutivamente al hacerle efectivo el pago según la forma mensual, quincenal o semanal, SEGUNDO: Igualmente, se fijó Cien (100%) por ciento de un salario Mínimo, por concepto de GASTOS DE UTILES ESCOLARES, a ser descontado por el patrono en el mes de Septiembre. Tercero: El 57% de gastos decembrinos para el mes de diciembre. Todos a favor del niño .