DECLARA
PRIMERO: ACEPTA la declinatoria de competencia por razón de la materia para seguir conociendo la presente causa de Interdicción, interpuesta por el ciudadano JOSÉ GUSTAVO PALACIOS, titular de la cédula de identidad Nº 7.583.792, que le fue deferida por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, mediante auto de fecha 16 de Diciembre de 2014.
SEGUNDO: SE ORDENA LA NOTIFICACIÓN de la presente sentencia a la parte actora ciudadano JOSÉ GUSTAVO PALACIOS y de la Tutora Interina ciudadana ELIA ROSA GUTIÉRREZ PALACIOS, lo cual se hará conforme a lo establecido en el artículo 233 Eiusdem. Librese Boletas.
TERCERO: SE ORDENA ABRIR EL PROCESO A PRUEBAS, de conformidad con el artículo 734 del Código de Procedimiento Civil, a partir del día siguiente de que conste en autos la última notificación que se practique.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS en v.....