este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana, OLGA MERCEDES ALEJOS MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad número V-6.857.577, sobre unas bienhechurías, construidas sobre un área de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), ubicado en la calle Negro Primero, entre avenida Libertador y Bolívar, en Santa María, Municipio Cocorote del Estado Yaracuy