En mérito de las consideraciones expuestas, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medias de los Municipio Piar y Padre Pedro Chien del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Homologa el Convenimiento, presentado por los Ciudadanos: Doménico Alberto Felli Rodríguez, Doménico Salvador Felli Vizzini, y Adrián Albert Felli Vizzini, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-8.924.381, V-21.123.429 y V-26.459.279, respectivamente, todos de este domicilio, asistidos por el Abogado José Rodolfo Devera Fernández, ya identificado; en consecuencia se procede como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada.-
Se ordena expedir por Secretaría copias certificadas del presente fallo, previa ejecución de sentencia, a los fines de ley.-
El Tribunal ordena el archivo del presente expediente signado bajo el Nº 4.5.....