En fecha 12/04/2012, este Juzgado Tercero de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolívar, Extensión Puerto Ordaz en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara en este mismo acto:
PRIMERO: LA EXTINCION DEL PROCESO, de Cobró de Beneficios Sociales incoada por los ciudadanos JUAN FRANCISCO TOVAR, WILMER JESUS SALAZAR PIÑERO Y YOEL JOSE GASCON RIVAS, venezolanos, titular de la Cédula de Identidad No. V- 10.269.929 y 13.122.271, respectivamente, en contra de CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS DEL SUR C.A., PREMEZCLADOS DEL SUR C.A., INVERSIONES ARIVANA SUITE C.A.
SEGUNDO: No se condena en costas a la parte demandante, de conformidad con lo establecido en el Artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.