PRIMERO: SE ANULA el auto del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar (sede Ciudad Bolívar) de fecha 6 de mayo del corriente 2008 por el que oyó libremente la apelación interpuesta contra el auto del mismo Tribunal de 30 de abril de 2008, dictado en fase de ejecución.
SEGUNDO: SE REPONE el asunto al estado que el a quo oiga la apelación en un solo efecto y continúe el trámite procedimental que corresponde.