II
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuestos este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución Nro. 2023-0001, dictada en Sala Plena el 24 de mayo de 2023, en consonancia a su vez con los artículos 49, 26 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como los artículos 12, 15, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, se declara INCOMPETENTE por razón de la CUANTIA, para conocer de la presente demanda por daños y perjuicios presentada por la abogada ADALYS DEL CARMEN REINA FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad bajo el Nro. V-10.932.850, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro. 291.214, actuando en su carácter de Apo.....