Este Juzgado Segundo (2º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en sede Constitucional administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por el ciudadano: ALBERTO URBANO FREITES contra la FUNDACION DE LA VIVIENDA DEL MUNICIPIO HERES DEL ESTADO BOLÍVAR y ordena a la prenombrada Institución acatar la Providencia Administrativa Nº 2010-00135, dictada en fecha Treinta (30) de Julio de Dos Mil Diez (2010), por la Inspectoría del Trabajo de Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, donde declaró CON LUGAR la SOLICITUD DE REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS incoada por el Accionante y ordenó el Reenganche Inmediato y Pago de Salarios Caídos, desde la fecha que se efectuó el despido hasta el día de su efectiva reincorporación, a cuyo monto deberá sumársele todos los beneficios legales y contractuales correspondientes.