este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley;
DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO POR VIA PRINCIPAL interpuesto por el ciudadano IVAN JOSE LOPEZ YAJURE venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.462.761, domicilio en la ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del estado Yaracuy, asistido en este acto por la Abogada en ejercicio ERLEN A MARTINEZ V, debidamente inscrita ante el Instituto Nacional de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 102.392, contra el ciudadano ENRIQUE TARIFA LISCANO, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-7.557.427, asistido por la Abogada en ejercicio REINA LOPEZ CATARI IPSA Nº 92.283,, IPSA Nª 89.921