este Tribunal en base a las declaraciones escuchadas, así como el material probatorio aportado en el presente asunto, de conformidad al artículo 936 del Código de Procedimiento Civil declara como Heredero del (la) De Cujus SONIA DEL VALLE ORTA, quien era madre, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-795.922, falleció ab- intestato el día 02 de mayo del 2024 , tal como se evidencia en el acta de defunción Nº 24, del año 2024, emanado del Registro civil del Municipio Roscio, estado Bolivar, a los ciudadanos NORELSA COROMOTO RODRIGUEZ, CARLOS ERNESTO RODRIGUEZ, FERNANDO JOSE RODRIGUEZ, JESUS ALBERTO RODRIGUEZ, EVALUZ RODRIGUEZ y JOSE ORTA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-9.903.180, V-13.215.338, V-8.544.617, V-8.401.817, V-8.917.693 y V-8.401.815, respectivamente, en su condición de hijos. Así se decide.